Pregunta por ahi si puedes hacer que tus equipos fichen con la posicion, y la respuesta vuelve siempre igual. Cuidado, eso es control, la AEPD te va a caer encima, consultalo antes con un abogado. Asi que lo dejas correr y sigues con el parte de firmas en la entrada de la obra, ese que nadie ha discutido nunca porque no demuestra nada.
Mientras tanto hay quien te llama para venderte justo lo contrario. Cada furgoneta en directo sobre el mapa, kilometros, paradas, una puntuacion sobre como conduce tu empleado. Lo tiene todo el mundo, te dicen, es totalmente legal, y firmas.
Las dos conversaciones se equivocan de la misma manera. Tratan el GPS como si fuera el problema. Nunca lo ha sido. La pregunta es cuando mira.
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El 4 de marzo de 2026 la AEPD resolvio el expediente PS/00454/2024 contra Ares Capital S.A. con una multa de 200.000 euros. La empresa obligaba a sus conductores de VTC a instalar en el movil personal aplicaciones que recogian de forma continua la geolocalizacion, ademas de otros parametros de actividad, sin haberles dado informacion suficiente sobre el tratamiento.
Merece la pena mirar como se reparte la sancion, porque ahi esta la leccion. Cien mil euros por vulnerar la minimizacion del articulo 5.1.c, porque las aplicaciones recogian mas datos de los necesarios para que el conductor hiciera su trabajo. Ochenta mil por falta de base juridica del articulo 6.1: la empresa se apoyaba en el consentimiento de los trabajadores, y la Agencia entendio que no era valido porque en la practica no habia alternativa real desde el principio. El resto, por el deber de informacion del articulo 13.
Traducido a tu empresa: el consentimiento del empleado no te salva, porque quien necesita el puesto no consiente libremente. Lo que te salva es recoger poco y decirlo claro.
La frontera esta en el cuando
Un sistema que enciende la posicion dos veces al dia, al empezar y al terminar el servicio, y que entre medias se queda ciego, documenta un trabajo. Responde a una sola pregunta, si el trabajo se hizo donde y cuando debia hacerse, y despues se calla.
Un sistema que muestrea cada minuto responde a otra pregunta muy distinta, donde esta esta persona ahora mismo, y la responde sin parar. Donde ha comido, que ruta coge para volver, cuanto tiempo estuvo parado en el semaforo. Nada de eso se le factura a un cliente, y todo eso tendras que justificarlo algun dia ante el trabajador, ante la representacion legal o ante la Agencia.
Ademas, el articulo 90 de la LOPDGDD y el articulo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores dibujan un carril estrecho: informar de forma expresa, clara e inequivoca antes de empezar, y usar la geolocalizacion solo dentro del horario de trabajo y solo para comprobar el cumplimiento de la jornada. Fuera de la jornada no se toca.
Las cuatro preguntas antes de firmar
Cada cuanto registra la posicion el sistema, y se puede cambiar esa frecuencia? Puede alguien en la oficina ver un vehiculo moverse en tiempo real, y si es asi, quien exactamente? Cuanto tiempo se conservan los datos de localizacion, y con que razonamiento en lugar de por costumbre? Y se puede apagar fuera del horario y en las pausas?
Cuatro preguntas, ninguna tecnica. Son decisiones de organizacion disfrazadas de parametros, y en la mayoria de las empresas acaban en manos de quien instala el software, sencillamente porque nadie las reclamo antes. Y si la app va en el movil personal del trabajador, como en el caso de Ares Capital, la vara de medir se vuelve todavia mas exigente.
Por que la herramienta se construyo para no mirar
En cuanto metes GPS dentro de una aplicacion de trabajo, el camino comodo es recogerlo todo. Cada actualizacion anade una funcion, cada funcion anade un dato, y una actualizacion discreta tras otra acabas sabiendo donde paso el sabado por la noche uno de tus empleados. GeoTapp se desarrollo por el otro camino, un toque para abrir el turno y un toque para cerrarlo, la posicion registrada solo en esos dos instantes y nada en medio. Esta hasta en el nombre, geolocalizacion mas un tap mas una app.
Durante anos esa fue la parte dificil de explicar, porque renunciar a funciones que la competencia pone en portada parece una debilidad comercial. Deja de parecerlo el dia en que la Agencia pregunta que recoges y para que.
El mismo mapa, dos direcciones
La prueba del trabajo y el seguimiento de la persona usan la misma tecnologia. Lo que las separa es una decision humana sobre donde dejar de mirar.
Si tu sistema se para en la puerta del cliente, tienes una prueba que ensenar a quien jura que el equipo no aparecio. Si no se para nunca, tienes un archivo del que alguien te pedira cuentas. Y ese dia no respondera quien te lo vendio. Cuanto tiempo llevas aplazando el fichaje digital porque nadie sabia decirte donde estaba la linea?
Prueba el fichaje que se para en la puerta del cliente
AEPD, procedimiento sancionador PS/00454/2024 contra Ares Capital S.A., resolucion de 4 de marzo de 2026, multa total de 200.000 euros por infraccion de los articulos 5.1.c, 6.1 y 13 del RGPD. Ley Organica 3/2018 (LOPDGDD), articulo 90. Estatuto de los Trabajadores, articulo 20.3. Reglamento UE 2016/679, articulos 5, 6 y 13.
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