Son las seis y media de la mañana y la furgoneta ya está cargada: la caja de herramientas, la tablet con la ruta del día todavía cargando, un café a medio terminar en el portavasos. El técnico sale de casa mientras la calle sigue en silencio, coge la autovía y llega a la puerta del primer cliente a las siete y cuarenta y cinco. Una hora y cuarto de carretera, radio puesta, nadie mirando. Cuando llega el momento de fichar, esa hora y cuarto, ¿dónde queda?
Durante años la respuesta, para instaladores, técnicos de mantenimiento, personal de seguridad y cualquiera sin un centro de trabajo fijo al que presentarse, fue sencilla y sencillamente equivocada. La jornada se contaba desde que se pisaba la casa del cliente, no desde que arrancaba el motor en la puerta de casa. Todo lo anterior, y todo lo posterior tras la última visita de la tarde, caía en una zona gris etiquetada como trayecto: sin pagar, sin contar, por muchos kilómetros que sumara o por mucho que la ruta la hubiera decidido otro.
Lo que fijó la sentencia Tyco
Esa zona gris es la que llevó a los tribunales una empresa española de seguridad, Tyco Integrated Security. La compañía había cerrado sus delegaciones territoriales dentro de un plan de reestructuración, de modo que sus técnicos de instalación y mantenimiento de alarmas empezaban y terminaban la jornada directamente desde el domicilio, con una furgoneta de empresa en la puerta y una ruta que llegaba cada noche por aviso desde la central, sin margen para decidir el orden de las visitas ni el horario. El sindicato de Comisiones Obreras planteó el conflicto, la Audiencia Nacional elevó la cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y este resolvió el 10 de septiembre de 2015, asunto C-266/14: cuando el trabajador no tiene un centro de trabajo fijo u habitual, el trayecto de casa al primer cliente y del último cliente a casa es tiempo de trabajo, al mismo nivel que las horas dedicadas a reparar la alarma. El tribunal se apoyó en los tres elementos que definen el tiempo de trabajo según la Directiva 2003/88: estar en ejercicio de la actividad, estar a disposición del empresario, y permanecer en el puesto o donde este determine. Durante ese trayecto el técnico cumplía los tres, porque seguía un itinerario que no había elegido y no podía dedicar ese rato a sus propios asuntos.
Sabe cuándo empieza de verdad la jornada.
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Abre tu pruebaPor qué ese matiz cambia el sueldo y los límites de jornada

Que ese trayecto cuente o no cuente no es un matiz jurídico sin consecuencias, cambia el sueldo y cambia los límites legales de la jornada. Si el día empieza cuando arranca la furgoneta y no cuando se llega al primer cliente, cada desplazamiento pasa a sumar para el cálculo de las horas trabajadas, para el respeto de la jornada máxima y para los descansos que marca el Estatuto de los Trabajadores. La sentencia Tyco fijó el principio, pero el Tribunal Supremo español ha ido afinando cuándo se aplica de verdad: en su sentencia del 27 de noviembre de 2024 aclaró que el desplazamiento desde el domicilio al primer cliente y del último cliente a casa no cuenta como tiempo de trabajo de forma automática para cualquier trabajador itinerante, sino solo cuando concurren las circunstancias concretas del caso Tyco, es decir, cuando la empresa eliminó centros de trabajo previos y el empleado queda bajo el control pleno del empresario, sin margen real para organizar su propio tiempo. La pregunta deja de ser teórica y se convierte en una cuestión de hechos: quién decidía la ruta, quién marcaba el horario, qué margen real tenía la persona al volante.









