Fichas la salida, coges tu bolso del taquillero y, antes de pisar la calle, alguien te lo abre y mira dentro. Cada día, al final del último turno, delante de tus compañeros. Una vez al mes, además, la empresa abre tu taquilla y revisa lo que guardas. No porque hayas hecho nada: porque te tocó. En las tiendas de H&M en España funcionaba así, y funcionó así hasta que la Audiencia Nacional dijo basta.
La Sala de lo Social, en una sentencia del 27 de julio de 2026 que el propio Poder Judicial difundió en agosto, ha declarado nulas las dos prácticas: el control visual de los bolsos a la salida de la jornada y el registro aleatorio de las taquillas del personal. El recurso lo presentó UGT, con CCOO sumándose a la causa, y el tribunal les ha dado la razón en lo esencial: esos registros vulneraban la intimidad de los trabajadores protegida por el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores y por el artículo 18.1 de la Constitución.
La defensa de la empresa era la que te imaginas: los hurtos internos. Y aquí está la parte de la sentencia que cualquier empresario debería leer dos veces, porque el tribunal no dice que vigilar sea ilegal en sí. Dice algo más incómodo: H&M no fue capaz de probar el volumen de las pérdidas, ni qué parte de esas pérdidas venía realmente de sus empleados, ni ninguna situación de hecho que justificara registrar a todo el mundo, todos los días. El poder de vigilancia del artículo 20.3 del Estatuto existe, pero no es un cheque en blanco: pide una justificación concreta, y la sospecha genérica sobre toda la plantilla no lo es.
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Abre tu pruebaLo que el registro de bolsos dice de verdad
Quita un momento el derecho de en medio y quédate con la gestión. Una cadena con miles de empleados montó un ritual diario en la puerta, con encargados o vigilantes mirando dentro de los bolsos, y cuando un tribunal le pidió los números que lo justificaban, no los tenía. Ni el importe de lo que perdía, ni la prueba de que el problema estuviera dentro y no fuera. Años de registros, cero datos. El control era puro gesto: transmitía desconfianza a toda la plantilla y no producía ni una cifra utilizable.
¿Te suena de algo? Es el mismo reflejo que lleva a un jefe de equipo a llamar tres veces por la tarde para saber dónde está la furgoneta, o a pedir una foto del tajo “para ver que estáis ahí”. La lógica de fondo es idéntica: como no tengo un registro fiable de lo que se hizo, vigilo a las personas. Y la vigilancia sin datos acaba siempre en el mismo sitio: mal ambiente, cero pruebas y, como ha comprobado H&M, un tribunal declarándola nula.
Controlar personas o probar el trabajo
Hay otra manera de plantearlo, y la diferencia no es de matiz. Controlar personas es mirar dentro del bolso, abrir la taquilla, seguir el punto en el mapa a ver qué hace. Probar el trabajo es que cada intervención deje su propio rastro: quién fichó, a qué hora, en qué lugar, con qué evidencia. Lo primero invade y no demuestra nada, como acaba de escribir la Audiencia Nacional. Lo segundo no toca la esfera privada de nadie y lo demuestra todo: el fichaje pertenece a la jornada, no a la persona.










